ASUNTOS

No contenciosos

RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS

  1. Minuta debidamente firmada y autorizada por abogado
  2. Fotocopia de los Documentos de identidad (DNI) del solicitante. El DNI debe contar con el sello de la última votación, o presentar la dispensa o pago de la multa.
  3. Copia certificada expedida por RENIEC de la Partida que se pretende rectificar.
  4. Copia certificada expedida por RENIEC de las partidas que sustentan la rectificación.
  • NOTA: Cuando la partida sea de provincia, ésta debe estar visada por RENIEC.
  • IMPORTANTE: Los requisitos son referenciales, se requiere revisar la información y/o documentos para determinar si es necesario solicitar documentación adicional.

SUCESIÓN INTESTADA

  1. Solicitud debidamente suscrita por el solicitante y autorizada por abogado colegiado, con indicación del último domicilio del causante (en Lima).
  2.  La solicitud debe estar acompañada de los siguientes ANEXOS:
    1. Copia certificada de la partida de defunción del causante.
    2. Copia certificada  de  las  partidas  de   nacimiento  y/o  matrimonio ú otros con los que se acrediten el vínculo familiar.
    3. Relación de los bienes conocidos.
    4. Certificación Negativo expedido por SUNARP en el que conste que no hay inscrito testamento y Certificado Negativo expedido por SUNARP en donde conste que no hay ningún otro proceso de sucesión intestada; en el lugar del último domicilio del causante.
    5. Copia del Documento de Identidad del solicitante

IMPORTANTE: Los requisitos son referenciales, se requiere revisar la información y/o documentos para determinar si es necesario solicitar documentación adicional.

SEPARACION CONVENCIONAL PARA ULTERIOR DIVORCIO POR MUTUO DISENSO

  1. Solicitud debidamente firmada  por ambos cónyuges y autorizada por abogado.
  2. Fotocopia de los Documentos de identidad (DNI) de los solicitantes. El DNI debe contar con el sello de la última votación, o presentar la dispensa o pago de la multa.
  3.  Copia certificada expedida por RENIEC de la Partida de matrimonio.
  4. Declaración Jurada del último domicilio conyugal (en Lima).
  5. Declaración jurada de no tener hijos menores de edad o mayores de edad con incapacidad.
  6. Declaración Jurada de no tener bienes sujetos al régimen de gananciales, o Testimonio de la Escritura Pública de la sustitución del régimen por el de separación de patrimonios y copia literal de la partida de separación de patrimonios (SUNARP).
  7. Si existen hijos menores de edad, se requiere: partida de nacimiento, copia DNI de los menores, Copia certificada de la sentencia o Acta de Conciliación donde conste el régimen de tenencia, alimentos, visita y patria potestad.

NOTA: Cuando la partida sea de provincia, ésta debe estar visada por RENIEC.

IMPORTANTE: Los requisitos son referenciales, se requiere revisar la información y/o documentos para determinar si es necesario solicitar documentación adicional.

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